El trabajo consistió en la redacción del documento técnico que habría de servir de base para la legitimación mediante calificación urbanística en suelo no urbanizable de los usos desarrollados en Complejo Hostelero “KERCUS”, situado entre los términos municipales de Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos.
Se trata de una instalación existente cuya antigüedad se remonta a 1977. Desde aquél año funciona como un centro de referencia de la hostelería, restauración y celebración de eventos en la corona suroeste de Madrid.
La instalación está destinada a usos vinculados a la celebración de actos sociales y eventos familiares de especial singularidad, tales como banquetes, celebraciones de bodas, comuniones, bautizos, etc. Conforme al artículo 9 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, estos usos están considerados como usos compatibles que favorecen el desarrollo rural sostenible, estando contemplados como autorizables previa Calificación Urbanística conforme al epígrafe 3-d del artículo 29 de la Ley 9/2012, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
La resolución final autorizó la implantación de actividades de celebración de eventos en las edificaciones preexistentes.